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lunes, 23 de noviembre de 2009

El ISSSTE sobre el GT200

¿El Instituto de Seguridad y Servicio Sociales para los Trabajadores del Estado fue víctima de los defraudadores que venden esa varita de zahorí conocida como detector molecular GT200?

Pues sí. Uno más que muerde el polvo, dijera el buen Freddie.

A finales de julio de este año me encontré con esto. Para comprobar la información le escribí a Infomex con las preguntas de siempre. He aquí las respuestas:

1.- ¿Cuántas unidades del detector molecular GT200 de la firma Global Technical se han adquirido? ¿En cuántos lotes? Especificar fecha de compra(s) y cantidad de unidades adquiridas.

"Por lo que respecta a la pregunta número 1.- la respuesta es: se compró un solo equipo del detector molecular GT200 y la fecha de compra fue el 15 de julio de 2008."


2.- Precio unitario del GT200 (en pesos mexicanos y dolares americanos al momento de la(s) transacción(es)).

"Por lo que respecta a la pregunta número 2.- la respuesta es: el precio unitario fue de $379,500.00 con I.V.A. incluido y la compra se realizó en pesos mexicanos."


3.- ¿Describir gastos adicionales relacionados con el GT200 como: a) cursos de capacitación (cantidad, fechas y costos); b) Equipo adicional relacionado (especificar el tipo, cantidad y costos).

"Por lo que respecta a la pregunta número 3.- El equipo adquirido no tiene costos adicionales, en virtud de que el precio ya incluye capacitación y esta fue realizada en tres días."


4.- De acuerdo al fabricante del GT200, ¿cuál es el principio científico en el que se basa su funcionamiento?

"Por lo que respecta a la pregunta número 4.- El sistema Programable de detección molecular, ofrece excepcional capacidad de detección a pie de lo que se le indique con una tarjeta identificadora con alcance de hasta 700 metros.
Cabe señalar que los datos técnicos del equipo son confidenciales, los cuales deberán ser solicitados a la empresa autorizada en México."


5.- ¿Se formó una comisión técnica para probar el GT200 antes de decidir su compra? Si así fue, citar los nombres de los integrantes de dicha comisión y su experiencia técnica.

"Por lo que respecta a la pregunta número 5.- No se formó una comisión técnica."


6.- Antes de decidirse la compra del GT200, ¿se efectuaron pruebas con el equipo para comprobar que funcionaba acorde a lo prometido por el fabricante? Si así fue, ¿cuál fue el protocolo de dichas pruebas?, ¿quiénes lo propusieron? ¿quiénes las llevaron a cabo?, ¿cuáles fueron sus resultados? Detallar en la medidad de lo posible.

"Por lo que respecta a la pregunta número 6.- No se efectuaron pruebas con el equipo."


7.- ¿Quién fue el/los responsable (s) de la autorización para comprar estos equipos? Citar nombre (s).

"Por lo que respecta a la pregunta número 7.- Autoriza el Director de Administración Manuel Muñoz Ganem”."

Como ya es costumbre, se justifica la negativa a proporcionar información sobre su supuesto principio teórico:

"Acuerdo CXXVI.09.08.Ex.- El Comité de Información en pleno ejercicio de sus facultades y con fundamento en los artículos 18 fracción II, 29 fracción III, y 45 fracción I de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, así como el 70 fracción IV de su Reglamento, confirma la clasificación de parcialmente confidencial hecha por la Dirección de Administración para la atención de la solicitud de acceso 0063700274008, solo por cuanto hace al punto número cuatro de la información que requiere el particular.

Lo anterior en razón de lo que la Unidad Administrativa informa: “…Cabe señalar que los datos técnicos del equipo son confidenciales, ...”.

Al respecto, el Comité de Información instruye a la Unidad de Enlace para que el presente acuerdo sea notificado al solicitante y le haga entrega del resto de información aludida por el solicitante, de conformidad con el procedimiento conducente."

Como puede ver, se repite la historia casi sin cambios: se compra el aparato sin haber organizado una comisión técnica que lo probara y pudiera comprobar si las fantásticas afirmaciones de su propaganda son ciertas; además se niega la información sobre su funcionamiento teórico, pues el contrato con Segtec S.A de C.V. convenienemente se los prohibe.

Menos mal que en este caso sólo se compró uno de estos inútiles aparatos, aunque la verdad, personalmente hubiera preferido que se gastaran esos $379,500.00 en otra cosa. No sé, aparatos médicos, estetoscopios, vendas, medicamentos... vamos que, hasta un lote gigantesco de curitas hubiera sido una mejor inversión que esta inútil varilla de zahorí.

Lo peor del caso es que dudo que lo hayan comprado pensando en usarlo para buscar drogas o armas; espero equivocarme, pero mucho me temo que el principal uso que le van a dar sea para buscar explosivos en caso de una amenaza de bomba.

Terrible.

A.T.

1 comentario:

Pereque dijo...

¿Y para qué quiere el ISSSTE un "detector molecular"?

Deberías escribir un informe y enviarlo a los legisladores de la Comisión de Defensa Nacional, de la de Función Pública y las demás que apliquen. En una de esas y pega el chicle...

Saludos.